jueves, 11 de octubre de 2012

Honorable Tribunal de Penas Resolución Nº 20 / 2.012


Liga Calchaquí de Fútbol
Honorable Tribunal de Penas
Resolución Nº  20 / 2.012
VISTO:
  • Las planillas de resultados correspondientes a los partidos de la TERCERA FECHA del Torneo CLAUSURA 2012, los informes de los Sres. Árbitros, y correspondencia recibida,  y
CONSIDERANDO:
  • Las atribuciones conferidas a este Tribunal según Estatuto y a la reglamentación vigente:
POR ELLO:
  • El HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS DE LA LIGA CALCHAQUÍ DE FÚTBOL en uso de las facultades y atribuciones conferidas por reglamento.-
  •  
RESUELVE:
Artículo 1º):  Tomar nota y registro de los jugadores amonestados y/o expulsados en esta Fecha.-
Artículo 2º):  SUSPENDER por el término de UN (1) PARTIDO a los jugadores:
·         Gustavo Anastasio PASAYO – DNI.: 23.150.899 del Club La Florida, Ubaldo GUAYMÁS – DNI.: 31.498.066 del Club Fonavi, Jónatan Xavier LÓPEZ – DNI.: 36.145.127 del Club San Isidro y a David ARROYO – DNI.: 27.799.998 del Club Municipal, a todos de conformidad y por aplicación del Art. 207 del RT. y P.-
Artículo 3º):  SUSPENDER por el término de DOS (2) PARTIDOS a los jugadores:
·         Daniel LÓPEZ MARIN – DNI.: 32.109.373 del Club Tránsito Chacabuco, Sergio Gustavo CASTRO – DNI.: 31.150.911 y a Pablo Gastón CONDORÍ – DNI.: 33.962.905 ambos del Club Michel Torino Hnos., Fernando LÓPEZ – DNI.: 37.189.735 del Club San Lorenzo y a Juan Miguel LÓPEZ – DNI.: 38.211.618, a todos de conformidad y por aplicación del Art. 201 del RT. y P.-
·         A Rubén Emilio DIDIER – DNI.: 28.529.829 del Club Sportivo Animaná, de conformidad y por aplicación del Art. 186 del RT. y P.-
Artículo 4º):  SUSPENDER por el término de CINCO (5) PARTIDOS a jugadores:
·         A los jugadores Maximiliano BURGOS – DNI.: 39.294.604, Hugo BURGOS – DNI.: 39.894.708, Lucas CARRASCO – DNI.: 40.078.631, Joel IBÁÑEZ – DNI.: 39.894.792, Héctor GONZÁLEZ – DNI.: 39.894.748, Maximiliano LÓPEZ – DNI.: 39.894.711, todos  del Club Municipal, y a Gustavo Salgado – DNI.: 40.464.519 y Cristian Zerpa – DNI.: 40.156.403 ambos del Club Fonavi, a todos por aplicación y conforme a lo normado por el Art. 200 y 210 del RT. y P..- Se consideró el descargo efectuado por los jugadores del Club Municipal.- Los jugadores del Club Fonavi no presentaron el descargo solicitado.- (Caso análogo de la Res. 31/2010 del 06-10-2010)
Artículo 5º):  MULTAR con el equivalente a 50 (cincuenta) entradas generales por dos fechas al Club Municipal en su partido de 3ra. División contra el Club Fonavi, jugado el 24-09-12, por los hechos de su parcialidad, por aplicación y conforme al Art. 80, inc. e) y 84 del RT. y P.-  Dicha multa deberá depositarse dentro del plazo de los cinco días de su notificación, de acuerdo al Art. 149 del RT. y P.- Se tuvo en cuenta el descargo presentado.-
Artículo 6º):  PRESENTACIÓN DE DESCARGOS:
1.   Al jugador Enzo Isaac MERILES – DNI.: 31.499.043 del Club Sportivo Animaná, para que presente por escrito el próximo día lunes 15-10-12 en la sesión del Consejo Directivo de la Liga, descargo al informe del árbitro del partido de 1ra. Div. entre Sportivo Animaná vs. El Recreo, en donde Ud. se habría dirigido en términos descomedidos, amenazantes, obscenos y gestos groseros al Asistente Nº 1.-
Artículo 7º):  Se solicita a la Liga Calchaquí de Fútbol informe los motivos por los cuales no se llegó a disputar el partido entre los Clubes Libertad vs. Rivadavia en todas sus divisiones por la 3ra. Fecha del Torneo Clausura/12, a los fines de que este Tribunal tome su participación, según la reglamentación vigente.-
DE FORMA:  Emitido y firmado en el H.T.P., en la ciudad de Cafayate a los 10-10-2012.

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